En enero de este año, el Gobierno promulgó la ley que entrega una solución a
la Deuda Histórica Docente, la que contempla un pago, por única vez, de $4,5
millones a cada persona afectada, lo que beneficiaría a cerca de 57 mil
docentes por la llamada Deuda Histórica, generada entre los años 1980 y 1987.
Existirán seis períodos de pago, en consideración a los cupos disponibles por
año priorizados según criterio de edad, comenzando con las personas de
mayor edad a las de menor edad. A cada grupo se pagará en 2 cuotas, la
primera en octubre del año respectivo y la segunda en enero del año siguiente
al inicio de su pago.
El aporte será transmisible por causa de muerte si el o la docente fallece
después de entregar los antecedentes que permitan confirmar el cumplimiento
de los requisitos establecidos en la ley, en caso de que no alcance a percibir de
manera íntegra este aporte.
Este 5 de marzo de 2025 se publicó la resolución exenta que contiene los
plazos del proceso de entrega de antecedentes que todas y todos los docentes
deben aportar al Mineduc para cumplir los requisitos establecidos en la ley.
Para ello, próximamente, en una fecha que será informada por el Mineduc, se
habilitará una plataforma en la web https://soluciondeudahistorica.mineduc.cl/,
donde los docentes tendrán que realizar estos trámites, hasta el 31 de
diciembre de 2026. Además, la resolución fija el 15 de junio de 2025 como la
fecha de corte para la recibir los documentos de las personas que serán parte
del primer grupo de pago.
El Ministro de Educación, Nicolás Cataldo, pidió a las y los docentes estar
atentos al proceso “para que puedan cumplir con los trámites que se requieren
cuando se habilite la plataforma. Hacemos un llamado a todas las familias de
profesoras y profesores, a sus hijos y nietos, o a familiares directos de
docentes jubilados, a estar pendientes de este proceso para ayudarles a
realizar estos trámites”.
Por su parte, el Seremi de Educación de la Región de Coquimbo, Nicolás
Pérez Allendes, reforzó este mensaje “Quiero invitar a todas y todos los
docentes afectados a realizar los trámites necesarios para acceder a este
reconocimiento tan esperado. La promulgación de esta ley es un paso
importante, pero depende de cada docente completar el proceso en la
plataforma oficial, que estará disponible en soluciondeudahistorica.mineduc.cl.
Recuerden que el 15 de junio de 2025 es la fecha de corte para quienes
deseen integrar el primer grupo de pago. Asegurémonos de que nadie quede
fuera de este beneficio”, señaló la autoridad regional.
Para realizar el pago, las y los profesores deberán ingresar datos y enviar
documentos en la plataforma, que se habilitará prontamente en la web,
soluciondeudahistorica.mineduc.cl, para lo cual deben tener:
La Clave Única que entrega el Registro Civil.
Un correo electrónico de acceso permanente, a través del cual el
Mineduc enviará información sobre el avance del proceso.
TRÁMITES DEL PROCESO
Una vez que los docentes ingresen a la plataforma, que se habilitará
prontamente, deberán cumplir con los siguientes trámites y plazos, según el
caso en que se encuentren:
I. Docentes que están en el listado de docentes traspasados del
Mineduc
Tras ingresar en la plataforma deberán:
1. Manifestar la voluntad de recibir el aporte, que solo puede ser
realizada por el docente afectado.
2. Declaración jurada que indique no haber recibido el pago de la
asignación que generó la deuda histórica.
3. Declaración jurada simple en que se indique la inexistencia de alguna
demanda judicial en curso. En el caso de existir un juicio o
reclamación administrativa pendiente, podrá adjuntar la copia de
solicitud de desistimiento al tribunal respectivo, pero el pago solo se
podrá realizar cuando obtenga del tribunal la certificación de que se
encuentra firme y ejecutoriado el desistimiento total de las acciones,
el que podrá presentar hasta la fecha de corte para la entrega de
información que permita ser considerado en el último período de
pago (año 2030).
4. Declaración jurada de desistimiento de acciones judiciales futuras.
Estas declaraciones tendrán un formato estándar y deberán ser aceptadas en
la misma plataforma. Una vez que ingresen los antecedentes, los docentes
recibirán en su correo electrónico un certificado de finalización de la
solicitud.
II. Docentes que NO están en el listado de docentes traspasados
del Mineduc
Aquellos docentes afectados que no sean parte del registro de docentes
traspasados del Mineduc podrán subir en la plataforma, en el formato y tamaño
que en ella se indicará, documentos que entreguen antecedentes sobre su
traspaso a la educación municipal:
1. Antecedentes que cada docente tenga disponible que permitan
determinar que fue parte del proceso de traspaso de las escuelas
públicas a la administración municipal, en el período 1980-1987. El
Ministerio de Educación, de todos modos, revisará en todas estas
postulaciones su registro histórico de funcionarios, para realizar esta
determinación, por lo que contar con este tipo de antecedentes no es
requisito para realizar esta postulación.
2. Manifestar la voluntad de recibir el aporte, que solo puede ser realizada
por el docente afectado.
3. Declaración jurada que indique no haber recibido el pago de la
asignación que generó la deuda histórica.
4. Declaración jurada simple en que se indique la inexistencia de alguna
demanda judicial en curso. En el caso de existir un juicio o reclamación
administrativa pendiente, podrá adjuntar la copia de solicitud de
desistimiento al tribunal respectivo, pero el pago solo se podrá realizar
cuando obtenga del tribunal la certificación de que se encuentra firme y
ejecutoriado el desistimiento total de las acciones, el que podrá
presentar hasta la fecha de corte para la entrega de información que
permita ser considerado en el último período de pago (año 2030).
5. Declaración jurada de desistimiento de acciones judiciales futuras.
Estas declaraciones tendrán un formato estándar y deberán ser aceptadas en
la misma plataforma. Una vez que ingresen los antecedentes, los docentes
recibirán en su correo electrónico un certificado de finalización de la
solicitud.
PLAZOS DEL PAGO Y CUPOS
Los docentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para hacer entrega de
la información requerida: aportar su manifestación de voluntad, presentar sus
antecedentes y suscribir las declaraciones juradas.
Sin embargo, para poder ser parte del proceso de pago 2025 la fecha de corte
para la entrega de los antecedentes requeridos es el 15 de junio de este año.
Considerando quienes hayan entregado la información hasta dicha fecha, y en
los casos de quienes cumplan con todos los requisitos, el Mineduc definirá al
primer grupo de pago, que será de 15.560 docentes, los que se seleccionarán
considerando a los de mayor edad, de entre quienes queden habilitados como
beneficiarios para recibir el pago.
Desde marzo de
2025 hasta el 31 de
diciembre de 2026
Plazo para entregar su manifestación de voluntad,
presentar sus antecedentes y firmar las declaraciones en la
plataforma soluciondeudahistorica.mineduc.cl
Prontamente se informará la fecha de inicio del
funcionamiento de la plataforma para la entrega de la
información indicada.
15 de junio de 2025 Fecha de corte de entrega de información por parte de
docentes que puedan ser parte del proceso de pago 2025
Octubre de 2025 Pago de la primera cuota al primer grupo de pago por parte
de la Tesorería General de la República.
Enero de 2026 Pago de la segunda cuota al primer grupo de pago por
parte de la Tesorería General de la República
Los cupos por cada año serán los siguientes, los que podrán variar
dependiendo de los antecedentes recibidos por el Mineduc:
Periodos de
pago
Fechas de pago Cupos para
profesionales de la
educación
Cuota 1 Cuota 2
Año 1 – 2025 Octubre 2025 Enero 2026 15.560
Año 2 – 2026 Octubre 2026 Enero 2027 6.300
Año 3 – 2027 Octubre 2027 Enero 2028 6.000
Año 4 – 2028 Octubre 2028 Enero 2029 7.500
Año 5 – 2029 Octubre 2029 Enero 2030 6.800
Año 6 – 2030 Octubre 2030 Enero 2031 15.400
Total 57.560

