Cumpliendo con el mandato presidencial y luego de un trabajo intersectorial entre
los ministerios de Educación, de la Mujer y la Equidad de Género, de Trabajo y de
Hacienda, el Gobierno presentó la Agenda Sala Cuna para Chile, que consiste en
la indicación sustitutiva total del proyecto actual sobre Sala Cuna, que se ingresó
el lunes 6 de mayo, así como el proyecto de ley de Modernización de la Educación
Parvularia, ingresado por el Ministerio de Educación.
El proyecto Sala Cuna para Chile busca reformar el Código del Trabajo y ampliar
el derecho a sala cuna para madres y padres, integrando una perspectiva
educativa, que busca colocar en el centro el derecho a la educación y al bienestar
integral de niñas y niños, considerando además la corresponsabilidad parental,
promoviendo la inserción laboral femenina y evitando la discriminación hacia las
mujeres.
Adicionalmente, en la búsqueda por mejorar, fortalecer y promover la calidad
educativa, el Ministerio de Educación presentó también el 6 de mayo un proyecto
de ley de Modernización de la Educación Parvularia, que busca entregar
herramientas normativas para modernizar y regularizar la oferta en los
establecimientos del primer nivel educativo.
“Lo dijimos desde un comienzo, legislar en educación parvularia debe hacerse
responsablemente y con perspectiva a futuro, desde la corresponsabilidad y
velando siempre por el derecho a una educación de calidad. Por lo mismo, esta
indicación sustitutiva nos permite avanzar en la incorporación de más mujeres al
mundo del trabajo, pero respetando la trayectoria educativa de niñas y niños, en
establecimientos certificados y de alto estándar”, indicó el ministro de
Educación, Nicolás Cataldo.
Por su parte, la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana,
destacó “lo principal para nuestro Gobierno es promover el empleo femenino y el
derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes, sobre todo a los más
vulnerables. Ese es el foco principal. Las cifras no mienten y sabemos que la

educación inicial es fundamental para el desarrollo de habilidades y destrezas en
niños y niñas y por lo tanto nuestra preocupación es que todas las familias
accedan a este derecho, ampliando la cobertura que hoy día existe, pero con los
estándares de calidad que niños y niñas merecen”.
La agenda Sala Cuna para Chile es producto de un diálogo junto a las
organizaciones sindicales, de académicos y de la sociedad civil, para considerar
sus opiniones e inquietudes, e incorporarlas en la Indicación que busca corregir
aspectos centrales del proyecto actualmente en el Senado.
Indicación sustitutiva Sala Cuna para Chile
Entre los principales aspectos que aborda esta Indicación, se encuentran:
● Está diseñada en consistencia con la Ley 21.430 sobre garantías y
protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia.
● Avanza en una corresponsabilidad efectiva. La propuesta, en régimen,
permitirá que, tanto las madres trabajadoras como los padres trabajadores,
cuando trabajan, tengan la posibilidad de llevar a salas cuna a sus hijos e hijas
menores de dos años. Además, se incluyen las y los trabajadores independientes.
● En caso de que ambos trabajen uno ejercerá el derecho, elegido de común
acuerdo. Este no se exigirá en caso de “ausencia de un progenitor”.
● Se elimina el Registro de Cuidadores/as que desincentiva la entrada de
niñas y niños a la educación parvularia y genera una desprofesionalización del
nivel.
● El estándar de los establecimientos educativos que participen de la Sala
Cuna será el Reconocimiento Oficial, estándar de calidad educativa que es
entregado por el Ministerio de Educación y que asegura el cumplimiento de
aspectos técnico-pedagógicos, de infraestructura y jurídicos.
● Establece gradualidad en la implementación del derecho.
Características del Fondo de Sala Cuna para Chile
● El fondo será un patrimonio independiente y separado del Tesoro Público y
de todo patrimonio fiscal.
● Los recursos del Fondo se destinarán exclusivamente al pago del derecho a
sala cuna establecido en la presente ley y de sus gastos de administración.
● El Fondo se financiará principalmente a través de una cotización pagada
por los empleadores, ascendente a 0,2% de las remuneraciones imponibles de
todas sus trabajadoras y trabajadores, esto es, se aumenta el monto de la
cotización empleadora respecto del proyecto inicial que era de un 0,1%.
● El sistema administrativo para la transferencia de recursos por parte del
Fondo operará en forma directa con las instituciones públicas y privadas a las que
corresponda financiar, sin que los recursos pasen por los empleadores.
Proyecto de Ley de Modernización de la Educación Parvularia

Ante la necesidad de resguardar las condiciones habilitantes que aseguren que la
oferta pública pueda responder al aumento de demanda a propósito del Proyecto
de Ley que equipara el derecho al acceso a sala cuna, el Ministerio de Educación
ha desarrollado un proyecto de ley que moderniza la oferta en la educación
parvularia. A grandes rasgos, este proyecto busca:
● Aumentar el plazo para alcanzar el Reconocimiento Oficial al 2034.
● Dotar de reconocimiento legal a los programas alternativos. Se trata de
modalidades flexibles, que entregan oferta pública a comunidades y territorios
donde las salas cuna y jardines infantiles clásicos no pueden extender su
atención. A través de este proyecto se busca reconocer su importancia histórica,
confiriéndoles reconocimiento legal, generando un estándar para su impulso y
desarrollo.
● Prohibir expresamente la doble matrícula, para impedir que
establecimientos que reciben aportes del Estado matriculen a niños o niñas que al
momento de postular se encuentren ya matriculadas en otro establecimiento que
reciba subvención o aportes regulares del Estado.
● Establecer registros de educación parvularia para mejorar el acceso a
información del nivel: se busca resolver la falta de información sobre los
establecimientos de educación parvularia existentes en el sector público y privado.
● Aumentar las facultades de fiscalización de la Superintendencia de
Educación, otorgando la facultad de identificar qué es aquello que debe ser
considerado un establecimiento de educación parvularia.
● Regularización de los calendarios parvularios, pues existe un vacío legal
relacionado con la autorización de la suspensión o interrupción de las actividades
parvularias, situación que aún no está regularizada pero que genera de facto una
serie de inconvenientes.

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