La alcaldesa de Combarbalá, Marta Angélica Carvajal, se encuentra en el centro de la polémica tras iniciar un Concejo Municipal Extraordinario número 7 con solo tres de los seis concejales, incumpliendo así la ley que exige la presencia de la mitad más uno de sus miembros para sesionar válidamente.
El quorum para sesionar en el Concejo Municipal, según la Ley Organiza Constitucional de Municipalidades, es la mayoría de los concejales en ejercicio. Esto significa que se necesita la mitad más uno de los concejales
La presencia del alcalde no se contempla, porque la Ley se refiere a los concejales, no a alcaldes. Incluso hay concejos municipales que pueden funcionar sin la presencia del alcalde, pero para ello se necesita el quorum que es la mitad más uno
La inusual sesión, ocurrida el 30 de junio, tuvo como único punto a tratar la aclaración de la Dirección de Educación Municipal (DEM) sobre la no suspensión de clases el día de lluvias, una decisión que generó descontento en la comunidad. Sin embargo, la irregularidad en la conformación del concejo ha levantado cuestionamientos sobre la legalidad de los acuerdos tomados y la transparencia de la gestión municipal.
Vecinos y algunos concejales han manifestado su preocupación por este precedente, que podría sentar un peligroso historial de infracciones a la normativa vigente. La situación abre un debate sobre el respeto a la institucionalidad y los procedimientos democráticos en la comuna de Combarbalá.
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